viernes, 9 de abril de 2010

La propaganda política y la Libertad de Expresión: RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LOS EMPRESARIOS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION

Los propietarios y Empresarios de medios de comunicación principalmente los de Radio y Televisión, deben mantener y respetar la independencia de los Programas Periodísticos que concesionan horas en sus respectivos medios. La coyuntura Electoral ò “Campaña Electoral” no debe servir para que candidatos o autoridades que aspiran ser reelegidos puedan condicionar la “Propaganda Política” o “Avisaje Político” a cambio de silenciar programas informativos.

Estas actitudes coaccionan la Libertar de expresión y atentan contra el libre ejercicio de este derecho son las emisoras de Radio y TV que utilizan el espacio aéreo o espectro para emitir su señal, un recurso que pertenece a todos los peruanos y peruanas, por lo tanto no se puede aceptar, condicionamientos que tiendan a desinformar a la población por interés económicos y políticos, tanto del propietario del medio como del candidato o autoridad que aspira reelección.

Si bien tienen derecho a contratar “Publicidad Política” no se debe de someter a intereses de quienes los contratan deben prevalecer la Equidad y el Respeto a los concesionarios, los periodistas que concesionan horas y/o espacios tienen que tener Garantizado el libre ejercicio de su Actividad periodística, en el marco de la Ley la ética y respeto al otro.

Ante todo esto el COLECTIVO DE PERIODISTAS DE ICA, se solidariza con los periodistas Javier Arnao y Freddy Guevara a quienes les cancelaron su programa Periodístico LA VOZ DEL PUEBLO que se emitía en RADIO MEGA de Ica. Y rechazamos este tipo de actitud que busca desinformar y confundir a la población, así mismo el COLECTIVO DE PERIODISTAS DE ICA se ratifica en su rol de seguir aportando al desarrollo y estar vigilante de todo aquello que atente contra la Democracia. Espacio donde los ciudadanos y ciudadanas tenemos derecho a la información para poder tomar mejores decisiones, los candidatos o autoridades que aspiran reelección no pueden bajo ningún argumento soslayar este derecho garantizado en el artículo 19 de la declaración Universal de los derechos Humanos.